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Derecho al olvido oncológico

¿Qué es?

Se trata del derecho a que el historial de haber padecido cáncer no se considere en diversas situaciones de la vida diaria, como la contratación de un seguro de vida o la solicitud de un préstamo.

¿De dónde proviene esta iniciativa?

En febrero de 2022, el Parlamento Europeo aprobó una directiva para intensificar la lucha contra el cáncer. En esta directiva se estableció que “las aseguradoras y los bancos no deben tener en cuenta el historial médico de las personas afectadas por el cáncer” y se instó a que “las legislaciones nacionales garanticen que los supervivientes de cáncer no sean discriminados en comparación con otros consumidores”.

¿Cómo ha respondido España a esta directiva?

En respuesta a esta directiva, el Gobierno español ajustó nuestra legislación para implementar el “derecho al olvido oncológico”. Hasta ahora, las personas que habían sufrido algún tipo de cáncer debían informar a los bancos y a las compañías de seguros al contratar una póliza o un producto financiero (préstamos, hipotecas, etc.), lo cual frecuentemente resultaba en el rechazo de sus solicitudes o en el aumento de las primas debido al riesgo percibido.

En España, se estima que alrededor de 1,5 millones de personas han sobrevivido al cáncer. La implementación de esta legislación es un paso crucial para garantizar que estos supervivientes no enfrenten discriminación en el acceso a seguros y productos financieros.

Siguiendo esta directiva, el Gobierno español aprobó el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, que regula el “derecho al olvido oncológico”.

Cambios legislativos

En el artículo 209 del decreto se mencionan las modificaciones realizadas en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro. Se modifica el artículo 10 y se añade una disposición adicional quinta.

Artículo 10 modificado: “El tomador de un seguro sobre la vida no está obligado a declarar si él o el asegurado han padecido cáncer una vez hayan transcurrido cinco años desde la finalización del tratamiento radical sin recaída posterior. Una vez transcurrido este plazo, el asegurador no podrá considerar la existencia de antecedentes oncológicos para la contratación del seguro, quedando prohibida toda discriminación o restricción por este motivo.”

Disposición adicional quinta: “En ningún caso podrá denegarse el acceso a la contratación, establecer procedimientos de contratación diferentes de los habituales, imponer condiciones más onerosas o discriminar de cualquier otro modo a una persona por haber sufrido una patología oncológica, una vez transcurridos cinco años desde la finalización del tratamiento radical sin recaída posterior.”

“El Gobierno, mediante real decreto, podrá modificar los plazos establecidos en el apartado anterior y en el último párrafo del artículo 10, conjuntamente o para patologías oncológicas específicas, en función de la evolución de la evidencia científica.”

¿Quiénes pueden solicitar el derecho al olvido oncológico?

Podrán solicitar este derecho las personas que hayan sufrido una patología oncológica, siempre que hayan transcurrido al menos 5 años desde la finalización del tratamiento sin recaída. En Europa, aproximadamente 12,1 millones de personas han sobrevivido al cáncer, destacando la importancia de esta medida a nivel continental.

Cambios que implica este derecho

Para la contratación de seguros y productos bancarios por parte de pacientes de patologías oncológicas, una vez hayan transcurrido 5 años desde la finalización del tratamiento sin recaída:

  • Serán nulas las cláusulas, estipulaciones, condiciones o pactos que excluyan a una persona por haber padecido cáncer.
  • Se prohíbe hacer diferenciaciones en la contratación de un seguro por haber sufrido una patología oncológica.
  • Se elimina la obligación de declarar si se ha padecido cáncer para suscribir un seguro de vida y se prohíbe considerar los antecedentes oncológicos en este trámite.

El impacto de estas medidas podría beneficiar a millones de personas que enfrentan dificultades en la obtención de seguros y productos financieros debido a su historial médico. Si deseas concertar una cita con uno de nuestros abogados especialistas o con alguno de nuestros asesores, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

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